La pena de muerte o pena capital ha existido a
la par con la humanidad, es bien sabido que los griegos tuvieron gran influencia
cultural en Roma, si bien los romanos destacaron por su vasta jurisprudencia y
aquellos por ser grandes filósofos, binomio que hizo surgir la filosofía del
Derecho, de ahí la regulación de las relaciones entre los hombres y el Estado,
así como consecuente castigo a quienes cometen violaciones a las leyes impuestas
por este último. Ya los hebreos dejaron testimonio de la existencia de esta
sanción.
En Roma el primer delito castigado con la pena de muerte fue el de
Perduellio, por traición a la patria, más adelante, en las
XII Tablas, se reglamentó también para otros delitos y era esta,
la pena imperante; un tiempo después y aunque sin ser abolida cayó en desuso,
restableciendose posteriormente con los emperadores. Así pues esta sanción es
conocida desde los primeros tiempos de la humanidad, y puede decirse que en
todas las culturas, teniendo algunas variantes como por ejemplo el tipo de
delitos por los que se imponía, siendo el más común el delito de homicidio. Se
imponía, igualmente por los delitos que actualmente conocemos como
patrimoniales, delitos sexuales, delitos contra la salud (como lo era la
embriaguez consuetudinaria) delitos del órden político, así como militar, lo
mismo para lo que hoy conocemos como delitos del fuero común y federal.
Las formas de ejecución de la pena fueron muy variadas de acuerdo a los usos y
costumbres de los diferentes pueblos, había entre otras: la lapidación, la
rueda, el garrote, la hoguera, todas eran formas muy crueles ya que su finalidad
consistía en imponer el mayor sufrimiento al delincuente condenado a dicha pena.
Durante la vigencia de las XII Tablas, la autoridad
podía dejar la aplicación del Talión al ofendido o a sus parientes, sin embargo
existían también funcionarios encargados de la ejecución.
La pena de muerte inicialmente fue concebida como una aflicción, retributiva
originada por la comisión de un delito apareciendo así en las leyes antiguas.
Posteriormente, al llegar el cristianismo que predicaba el amor por el prójimo
el carácter divino de la vida, sentó las bases de las tendencias abolicionistas
de esta sanción.
Por lo que respecta a las sociedades precolombinas
, se sabe que aplicaban las penas consistentes en palo tormentos o la
muerte, siendo el gran sacerdote quien las imponía, ordenaba las ejecuciones y
se cumplian.
Entre los aztecas , las leyes se caracterizaban por su
estricta severidad, entre las penas existentes, se encontraba, la lapidación, el
descuartizamiento, la horca y la muerte a palos o a garrotazos, y aún cuando las
cárceles no tuvieron ninguna significación también existia la pena de la pérdida
de la libertad.
También en el pueblo de los tarascos existía la pena de
muerte y en los delitos como adulterio, la pena era impuesta no sólo al
adultero, sino que esta trascendía a toda su familia.
En cuanto al pueblo maya ,al traidor a la patria
se le castigaba con la pena de muerte, y existían también otras penas como la
lapidación, si bien existieron algunas diferencias en cuanto a los delitos por
lo que se aplicaba, así como la forma de ejecutarla, se puede afirmar que fue
común a todas las culturas en la antiguedad.
Ya en el México independiente, al consumarse la
independencia en 1821, las leyes principales seguian siendo las mismas vigentes
en la época colonial, es decir, la pena de muerte seguía presente y era aplicada
principalmente a los enemigos políticos.
En el siglo XX la pena de muerte se aplicó a discreción
en la mayoría de las sociedades americanas, sin embargo, la prevalencia del
casicazgo político, el ejercicio indiscriminado del poder por dictadores al
servicio de las oligarquías nacionales y de ciertas potencias, que vieron en esa
situación oportunidades para justificar y consolidar sus pretensiones
imperiales, es decir el abuso de esta sanción, motivado por la injusticia
social, trajo como consecuencia la confusión entre los criterios humanistas
radicales que pugnan por la necesidad no de disminuir su aplicación sino de su
abolición, desconociendo su utilidad y justificación.